El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, emitió una sentencia de segunda instancia sobre el recurso de apelación interpuesto por las partes demandante (Guillermo Velasco Burgos) y demandada (DIAN) contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Santander.
La controversia se centra en la legalidad de los actos administrativos que determinaron el impuesto sobre la renta del año gravable 2012, incluyendo la adición de activos omitidos, el reconocimiento de pasivos, la sanción por inexactitud y la condena en costas.
La DIAN argumentó la adición de activos por la omisión de declarar vehículos adquiridos en Venezuela, el rechazo de pasivos por falta de soporte documental y la procedencia de la sanción por inexactitud. El demandante, por su parte, alegó la indebida inclusión de activos, el rechazo de pasivos válidos y la configuración de una diferencia de criterios que eximiría la sanción. El tribunal de primera instancia negó las pretensiones del demandante, decisión que fue apelada por ambas partes.
El Consejo de Estado confirmó la sentencia apelada, negando las pretensiones del demandante y sin condenar en costas en esta instancia. Se consideró procedente la sanción por inexactitud debido a la inclusión de pasivos sin soporte en la declaración, lo que derivó en un menor impuesto a cargo. Además, se determinó que no existió una diferencia de criterios válida que eximiera la responsabilidad del demandante...
