La hoy recurrente, en nombre propio y en representación de BBBB y MMMM, demandó a Colpensiones con el fin de que se declare que les asiste el derecho al Radicación n.° 89797 SCLAJPT-10 V.00 2 reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, en calidad de cónyuge e hijos del causante -José Libardo Campos Hernández-, a partir del 1° de octubre de 2015
Contribuciones al sistema de la protección social (enero a diciembre de 2013). Alcance recurso de apelación. Procedimiento de determinación. Pagos no salariales. Límite 40% (art. 30 de la Ley 1393 de 2010). Exoneración contribuyentes CREE. Tope IBC 25 SMMLV
La Sala decide los recursos de apelación interpuestos por las partes demandante1 y demandada2 , contra la sentencia del 28 de mayo de 2020, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección “B”, que resolvió:
Referencia: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Radicación: 54001-23-33-000-2014-00364-01 [24724] 2022CE-SUJ-4-001 Demandante: COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO Y SERVICIOS T&S COOPERATIVA
Referencia: Nulidad y restablecimiento del derecho Radicación: 25000-23-37-000-2014-00323-01 (24680) Demandante: Pricewaterhousecoopers AG Demandado: UGPP Temas: Aportes. Sistema de Protección Social (SPS). Motivación del acto definitivo. Valoración probatoria. Ingreso base de cotización (IBC). Pagos extra-salariales. Oportunidades probatorias.
M. PONENTE : IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ NÚMERO DE PROCESO : 78762 NÚMERO DE PROVIDENCIA : SL937-2022 CLASE DE ACTUACIÓN : RECURSO DE CASACIÓN
TIPO DE PROVIDENCIA : SENTENCIA FECHA : 23/02/2022 FUENTE FORMAL : Decreto 2351 de 1965 art. 25 / Código Sustantivo del Trabajo art. 485 y 486 / Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social art. 61 / Constitución Política de Colombia de 1991 art. 29 y 53 / •Convención Americana sobre Derechos Humanos. art. 8 / •C087 - Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, 1948 / Ley 1210 de 2008
M. PONENTE : GERARDO BOTERO ZULUAGA NÚMERO DE PROCESO : 73440 NÚMERO DE PROVIDENCIA : SL1015-2022 CLASE DE ACTUACIÓN : RECURSO DE CASACIÓN
TIPO DE PROVIDENCIA : SENTENCIA DE INSTANCIA FECHA : 16/03/2022 FUENTE FORMAL : Ley 797 de 2003 art. 9 par. 4 / Ley 100 de 1993 art. 21, 31, 36, 141 y 143 / Acuerdo 049 de 1990 art. 12 y 15 / Decreto 758 de 1990 / Acto Legislativo 01 de 2005 / Decreto 692 de 1994 art. 42 inc. 3 / Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social art. 151 / Código Sustantivo del Trabajo art. 488
LICENCIA DE MATERNIDAD - Hecho generador. Fuente de ingresos propios cuya percepción se ve interrumpida por el alumbramiento / INGRESO BASE DE COTIZACION DURANTE LA INCAPACIDAD LABORAL – Liquidación.
MULTIAFILIACIÓN O MÚLTIPLE VINCULACIÓN EN EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES – SGSSP / SELECCIÓN DE RÉGIMEN DE PENSIONES – Es libre y voluntaria / SELECCIÓN DE RÉGIMEN DE PENSIONAES – Manifestación por escrito al momento de la vinculación o del traslado / TRASLADO DE REGÍMEN DE PENSIONES / DEBERES DEL JUEZ FRENTE A LOS ESCENARIOS DE MÚLTIPLE VINCULACIÓN
LESIVIDAD / RECONOCIMIENTO PENSIÓN DE JUBILACIÓN / EFECTOS DEL TRASLADO DEL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA AL RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD / EFICACIA DEL TRASLADO / INVERSIÓN DE CARGA DE LA PRUEBA A FAVOR DEL AFILIADO / DEMOSTRACIÓN DE UN CONSENTIMIENTO INFORMADO Y LIBRE
SENTENCIA I. ANTECEDENTES 1. Selección y acumulación de los expedientes de tutela. El 30 de noviembre de 2020, la Sala de Selección Número Seis de la Corte Constitucional decidió acumular y seleccionar para revisión las sentencias dictadas en el trámite de las acciones de tutela presentadas por cuatro trabajadoras que, al momento de la interposición de la solicitud de tutela, estaban embarazadas o se encontraban en periodo de lactancia. El siguiente cuadro precisa el número de expediente, las accionantes y las entidades accionadas en cada una de las acciones acumuladas1 :
Corte Suprema de Justicia se pronuncia sobre la legalidad de los descuentos por préstamo del empleador a la terminación de la relación laboral sin justa causa