POR LA CUAL SE CREA EL MARCO LEGAL PARA EL USO INDUSTRIAL Y CIENTíFICO DEL CÁÑAMO EN COLOMBIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
... Artículo 6. Reglamentación. Los Ministerios de Justicia y del Derecho y de Agricultura y Desarrollo Rural, conjuntamente regularán lo concerniente a los requisitos para la autorización, operaciones de comercio exterior, almacenamiento, transporte, comercialización o entrega a cualquier título, disposición final, tercerización, vigencia, tarifas, seguimiento, obligaciones, prohibiciones, modificaciones, novedades, causales de suspensión, y condiciones resolutorias de la autorización . Parágrafo primero. Cuando el solicitante sea parte del programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos Ilícitos - PNIS o de cualquier otro modelo de sustitución voluntaria de cultivos de uso ilícito administrado por la Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos adscrita a la Agencia de Renovación del Territorio o quien haga sus veces, deberá acreditar la participación respectiva con la certificación emitida por la citada Dirección ...