Por la cual se modifica el articulo 2 de la resolución 145de 2021
... ARTICULO 2. Medidas transitorias para mercancías con destino a la zona de Régimen Aduanero Especial Maicao. Hasta el treinta (30) de septiembre de 2022 se podrán introducir mercancías a la Zona de Régimen Aduanero Especial Maicao, Uribia y Manaure, provenientes del resto del mundo, consignadas a asociaciones, cooperativas o comerciantes personales naturales o jurídicas ubicados en dicha zona que ingresen por los aeropuertos Rafael Núñez de Cartagena, Ernesto Cortissoz de Barranquilla, Simón Bolívar de Santa Marta y Almirante Padilla de Riohacha y los puertos habilitados, ubicados en las mismas jurisdicciones aduaneras, para lo cual no se requerirá la presentación de una declaración de tránsito aduanero ...