Por la cual se asigna un cupo para la importación de bebidas alcohólicas a la zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao y Manaure, se establecen requisitos, procedimientos y controles para asegurar su debida utilización
... Artículo 2. El cupo previsto en el artículo 1 será distribuido entre asociaciones que agrupen a los comerciantes e importadores de la Zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure. Para acceder a este tratamiento, tanto las asociaciones como sus integrantes deberán, previo a la presentación de la Declaración de Importación Simplificada de conformidad con el artículo 555 del Decreto 1165 de 2019, cumplir con los siguientes requisitos: