Inclusión de materiales clasificados en las subpartidas NANDINA 5402.31.00, 5402.45.00 y 5402.47.00 en la Lista de Escaso Abasto de la Resolución N° 1926
LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los artículos 101, 102 y 103 del Acuerdo de Cartagena; la Decisión 417 de la Comisión de la Comunidad Andina; la Resolución 506 de la Junta del Acuerdo de Cartagena; y, las Resoluciones 1926 y 2137 de la Secretaría General de la Comunidad Andina; CONSIDERANDO:
I. Antecedentes [1] El 13 de junio de 2022, mediante Oficio DDIE Radicado N° 2-2022-017691 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de la República de Colombia (en adelante, MINCIT), solicitó a la Secretaría General dar inicio al procedimiento de inclusión de materiales clasificados en las subpartidas 5402.31.00, 5402.45.00 y 5402.47.00 en la Lista de Escaso Abasto, en el marco de lo establecido en la Resolución 1926.1 ...