La peticionaria solicita la reconsideración del Oficio 013282 del 27 de mayo de 2016, mediante el cual ese Despacho concluyó: “En virtud de los requisitos establecidos en el artículo 9 del Decreto 437 de 2012, palmariamente podemos establecer que el servicio de alojamiento no cumple con la condición de estar protegido por el derecho de autor, por lo cual, se concluye que dicho servicio se encuentra gravado con el impuesto sobre las ventas a la tarifa general.”
Las razones para reconsiderar el Oficio en cuestión se fundamentan en: 1) El numeral 2 del artículo 1.3.1.11.2. del Decreto 1625 de 2016, adicionado por el artículo 1 del Decreto 456 de 2021, señaló que los servicios relacionados con la producción de obras de cine, televisión y audiovisuales de cualquier género son (i) los servicios para la preparación y alistamiento para el rodaje, (ii) el rodaje y (iii) la finalización de la obra de cine, televisión y audiovisuales de cualquier género ...