PROBLEMA JURÍDICO ¿Están obligadas a suministrar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB las organizaciones sindicales?
TESIS JURÍDICA Las organizaciones sindicales, en su carácter de personas jurídicas, están obligadas a suministrar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 4 y 6 de la Resolución DIAN 164 de 2021. En Sentencia C-734 de 2008, la Corte Constitucional, M.P. MAURICIO GONZÁLEZ
CUERVO, señaló con sustento en el artículo 39 Superior y en torno a las organizaciones sindicales: La Corte, respecto del derecho de libertad sindical ha manifestado que comprende: “(ii) la facultad de constituir y organizar estructural y funcionalmente las referidas organizaciones y conformarlas automáticamente como personas jurídicas, sin la injerencia, intervención o restricción del estado; (iii) el poder de las organizaciones de trabajadores de determinar: ...