Tema: Régimen de Precios de Transferencia Descriptores: Obligaciones formales Fuentes formales: Oficio No. 1154 [907496] del 28 de julio de 2021 Oficio No. 034464 del 8 de junio de 2005
“A. ¿Los deberes formales en materia de precios de transferencia deben ser presentados únicamente por la Compañía B (absorbente) o deberán ser presentados de manera separada por cada una de las compañías? Al respecto nos permitimos indicarle que cada una de las compañías deberá cumplir con los deberes formales del régimen de precios de trasferencia de manera separada, siendo que, en el caso de la sociedad absorbida, esta deberá cumplir con los deberes formales en la fracción de año que corresponda previa a la fusión”.