Tema: Procedimiento tributario Descriptores: Requisitos de la factura electrónica de venta Fuentes formales: Artículos 616-1, 617 y 771-2 del Estatuto Tributario Resolución DIAN No. 000042 de 2020
... Mediante el radicado de la referencia, el peticionario comenta: “(…) comenzamos las ventas virtuales por página web y hemos tenido algunas situaciones que nos producen (…) preocupación: por ejemplo, cuando un cliente virtual realiza una compra y pone sus datos, pero se equivoca en algún número de la cédula (…) en algunas ocasiones ponen nombres que a simple vista se ven que no son reales (…)”. Dado lo anterior, se consulta: 1. “¿Qué pasa si realizamos la factura de este cliente y la cédula no pertenece al nombre
que él nos está proporcionando? 2. (…) Cuando en la exógena quedan datos erróneos o que no coinciden (ejemplo las cédulas). En este caso que nosotros actuemos de buena fe, realizando la factura según la información que el cliente proporcionó, ¿qué pasaría? 3. Si es obligación por parte de la facturación electrónica y exógena, que las cédulas
coincidan con el nombre, ¿cuál es la manera correcta para hacer la factura para estas ventas virtuales? 4. Si es obligación que todo coincida, significa que debe existir alguna herramienta (base de datos) proporcionada por la DIAN para que nosotros los contribuyentes podamos verificar y tener exactitud absoluta al momento de enviar la exógena. ¿Tienen ustedes alguna aplicación, herramienta o base de datos para verificar las cédulas? ,,,