Tema: Impuesto sobre la renta y complementarios Descriptores: Pagos por servicios de pauta publicitaria en página web internacional Ingresos que no se consideran de fuente nacional Fuentes formales: Artículo 24 del Estatuto Tributario
... Al respecto, es importante señalar en primera medida que, para efectos del impuesto sobre la renta, deberán atenderse las disposiciones señaladas en el Libro Primero del Estatuto Tributario. Así las cosas, el artículo 24 del Estatuto Tributario señala que se consideran como ingresos de fuente nacional, entre otros, los derivados de la prestación de servicios dentro de su territorio, de manera permanente o transitoria, con o sin establecimiento propio. Lo anterior obedece a un criterio objetivo, esto es que como regla general la naturaleza de ingreso nacional dependerá del lugar en donde se realice la actividad que genera dicha renta, es decir, la ubicación territorial de quien presta el servicio ...