Tema: Impuesto sobre las ventas Impuesto nacional al consumo Descriptores: Hecho generador Exportación de servicios Fuentes formales: Artículos 420, 426, 481 y 512-1 del Estatuto Tributario Artículos 2.10.2.6.11. y 2.10.2.6.12. del Decreto 1080 de 2015
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta por la aplicación de las normas que regulan el impuesto sobre las ventas - IVA e impuesto nacional al consumo en una operación que la peticionaria denomina “servicios de catering” que presta una compañía nacional, que opera bajo franquicia, a una compañía aérea que opera vuelos nacionales e internacionales. Sobre el particular, las consideraciones generales de este Despacho son las siguientes: En primer lugar, se reitera que este Despacho no es competente para atender casos particulares ni para asesorar específicamente sobre los efectos tributarios de casos concretos. Por ende, corresponderá a la peticionaria, de acuerdo con los hechos económicos, naturaleza y características específicas de su caso, definir qué tipo de operación adelanta y sus efectos tributarios particulares. La anterior aclaración es pertinente puesto que la peticionaria deberá definir si su operación configura un servicio de catering o si, por el contrario, se trata por ejemplo de un contrato de compraventa o suministro de alimentos a la luz de la normatividad fiscal vigente. De esta definición dependerán los efectos tributarios, así: ...