Tema: Régimen Simple de Tributación - Simple Procedimiento tributario Descriptores: Depuración Beneficio de la auditoría Fuentes formales: Artículos 689-3, 903, 907 y 909 del Estatuto Tributario Artículo 1.5.8.1.1. del Decreto 1625 de 2016 Oficios No. 018301 del 16 de julio de 2019 y 914974 - int 514 del 8 de diciembre de 2021
... Este término de firmeza varía según el porcentaje de incremento realizado y para los periodos gravables 2022 y 2023 el artículo 689-3 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 51 de la Ley 2155 de 2021, dispone: “Artículo 689-3. Beneficio de la auditoría. Para los periodos gravables 2022 y 2023, la liquidación privada de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que incrementen su impuesto neto de renta en por lo menos un porcentaje mínimo del treinta y cinco por ciento (35%), en relación con el impuesto neto de renta del año inmediatamente anterior, quedará en firme si dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de su presentación no se hubiere notificado emplazamiento para corregir o requerimiento especial o emplazamiento especial o liquidación provisional, siempre que la declaración sea debidamente presentada en forma oportuna y el pago total se realice en los plazos que para tal efecto fije el Gobierno nacional ...