Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta por el tratamiento en materia de operaciones de comercio exterior e impuesto sobre las ventas -IVA de los contratos de cuentas en participación.
... Ahora, en materia tributaria, la Subdirección de Normativa y Doctrina se ha pronunciado frente a los contratos de cuentas de participación en el siguiente sentido: Oficio 906718 int 1025 de julio 7 de 2021 “(….) Ahora, en cuanto al tratamiento del impuesto sobre las ventas-IVA, es necesario precisar que no existe dentro del Estatuto Tributario una reglamentación especial para este tipo de contratos, como sí ocurre respecto del impuesto sobre la renta y complementarios. En ese sentido, el tratamiento fiscal en relación con este impuesto ha sido desarrollado por la doctrina de la Entidad, entre otros, mediante el Oficio No. 041483 del 6 de julio de 2004, que señaló: “(…) 2. En lo que respecta al manejo del IVA, será el socio gestor quien liquide, facture, recaude, declare y pague el impuesto correspondiente a la explotación de las cuentas en participación, por ser este la única persona visible ante los terceros. De igual forma tendrá derecho a solicitar los impuestos descontables y las retenciones practicadas por este impuesto. (…)”. (Subrayado fuera de texto). ...