Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita aclaración sobre “el manejo de las retenciones en la fuente sobre la renta, por conceptos diferentes a los pagos laborales, cuando la empresa que está en el Régimen Simple de tributación,
compra bienes o servicios a nombre de un tercero, bajo la modalidad de contratos de colaboración empresarial (por mandato) y este tercero (mandante) tiene las responsabilidades tributarias de gran contribuyente, agente de retención en la fuente” (subrayado fuera de texto) Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes: El punto materia de análisis es la calidad de contribuyente del Régimen Simple de Tributación – SIMPLE (en adelante RST) que tiene el mandatario en el supuesto planteado y la forma como se deben interpretar las disposiciones que regulan la retención en la fuente en el contrato de mandato, teniendo en cuenta los artículos 911 del Estatuto Tributario y 1.5.8.3.1. del Decreto 1625 de 2016 ...