Temas: Impuesto de Industria y Comercio – año gravable 2011. Principio de territorialidad. Medios de prueba.
La Sala decide el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del 29 de julio de 2022, dictada por el Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral, Sección “B”, que accedió a las pretensiones de la demanda, en los siguientes términos 1. “Declarar la nulidad de la Liquidación Oficial de Revisión No. GGI-FI-LR-00542-14 del 11 de noviembre de 2014, por la cual la Gerencia de Gestión de Ingresos del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, modificó la liquidación privada del impuesto de industria y comercio y sobretasa bomberil, a cargo de ASOBANCARIA, por el año gravable 2011 y se impone una sanción por inexactitud...