Temas: Nulidad del Concepto 100208221-469 del 23 de abril de 2020. Impuesto solidario por COVID-19. Inexequibilidad. Cosa juzgada constitucional. Pérdida del fundamento jurídico de los instructivos sobre la aplicación del impuesto.
...“I. Hecho generador y concepto de salario. El hecho generador del impuesto solidario por el COVID 19 lo constituye el pago o abono en cuenta de salarios, honorarios y pensiones mensuales periódicos de 10 millones de pesos o más, para lo cual se deben tener en consideración los siguientes comentarios. El artículo 3 del Decreto Legislativo 568 de 2020 consagra que “Para efectos de la aplicación del presente Decreto Legislativo dentro del concepto de salario están comprendidos la asignación básica, gastos de representación, primas o bonificaciones o cualquier otro beneficio que reciben los servidores públicos como retribución directa por el servicio prestado. No están comprendidos dentro del concepto de salario las prestaciones sociales ni los beneficios salariales que se perciben semestral a anualmente.”...