IVA. 3.° bimestre de 2012. Regla de correspondencia. Ingresos no gravados. Descuentos condicionados. Comisiones por el uso de tarjetas de crédito.
La Sala decide los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia del 13 de mayo de 2020, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B, que resolvió (f. 801): Primero: Declarar la nulidad parcial de los actos administrativos contenidos en la Liquidación Oficial de Revisión 312412015000022, del 23 de febrero de 2015, por medio de la cual la DIAN modificó la declaración privada presentada por la actora del impuesto sobre las ventas del tercer bimestre del año 2012; y de la Resolución 001743, de 08 de marzo de 2016, confirmatoria del acto anterior. Segundo: A título de restablecimiento del derecho se dispone que la liquidación del impuesto sobre las ventas del tercer bimestre del año gravable 2012 y de la sanción por inexactitud, es la consignada en la parte motiva de la presente providencia...