Temas: Impuesto sobre las ventas. Bimestre 6º del año gravable 2012. Exportación de servicios. Artículo 481 Literal e) del Estatuto Tributario. Vinculación económica
SENTENCIA SEGUNDA INSTANCIA La Sala decide el recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia del 17 de febrero de 2022, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección A1, que resolvió lo siguiente: “PRIMERO. DECLÁRASE la nulidad de la Liquidación Oficial de Revisión No. 322412017000162 del 4 de septiembre de 2017, por medio de la cual la División de Gestión de Liquidación de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá modificó el denuncio rentístico de la parte actora del año 2012 y de la Resolución No 992232018000085 del 28 de agosto de 2018, a través de la cual la Subdirección de Gestión de Recursos Jurídicos de la Dirección de Gestión Jurídica – U.A.E. DIAN confirmó el anterior acto al desatar el recurso de reconsideración interpuesto, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia ...