¿En la liquidación del impuesto predial sobre mejoras se debe incluir, a prorrata, el valor del terreno en el cual se encuentra la mejora? ¿La autonomía administrativa del Distrito Capital se encuentra dentro de los límites de la constitución y la ley?
IDENTIFICACIÓN DE LA CONSULTA: Hemos recibido la solicitud del señor Jean Pierre Liévin, trasladada por competencia por parte de la Secretaría Distrital de Gobierno el 30 de abril del corriente, en la cual solicita se indique cuál es la interpretación correcta de los artículos 286, 287, 322 de la Constitución y los artículos 1, 2, 3 y 7 del Decreto Ley 1421 de 1993, en cuanto a los límites de la autonomía administrativa del Distrito Capital, para lo cual solicita se resuelvan los siguientes interrogantes...