"Por medio del cual se modifica el artículo 9 de/Decreto 277 de 2021 "Por medio del cual se adoptan medidas de reactivación económica segura con ocasión de la emergencia sanitaria producida por el SARS-CoV-2 COVJD-19 en la ciudad de Bogotá D. C. y se dictan otras disposiciones"
... DECRETA : Artículo 1°.- Modificar el artículo 9 del Decreto Distrital 277 de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO 9- EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS E INSCRIPCIÓN DE PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD. Los establecimientos de comercio que expendan bebidas alcohólicas para su consumo en sitio, podrán desarrollar su actividad en el horario comprendido entre las diez de la mauiana (10.00 a.m.) y las tres de la mañana (3. 00 a. m.) del día siguiente. Este mismo horario será aplicable para el expendio de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en el marco de conciertos y
eventos masivos de carácter cultural.