El Decreto 364, emitido por el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., el 23 de octubre de 2024, determina la categorización de Bogotá Distrito Capital para la vigencia fiscal 2025.
Se basa en las facultades legales del Alcalde Mayor, específicamente en el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 6 de la Ley 136 de 1994 (modificado por el artículo 153 del Decreto Ley 2106 de 2019), y el artículo 315 de la Constitución Política de Colombia. La Ley 136 de 1994 establece que los municipios de categoría especial deben tener una población superior a 500.001 habitantes e ingresos corrientes de libre destinación anuales superiores a 400.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. El decreto justifica la categorización de Bogotá como "Categoría Especial" basándose en los siguientes puntos:La Contraloría General de la República certificó que Bogotá recaudó más de 10 billones de pesos en ingresos corrientes de libre destinación durante 2023. El DANE certificó que la población de Bogotá a junio de 2023 era de 7.907.281 habitantes. Los gastos de funcionamiento de Bogotá representan el 25.8% de sus ingresos corrientes de libre destinación. En virtud de los criterios y justificaciones mencionados, el decreto establece que Bogotá Distrito Capital se clasifica como "Categoría Especial" para la vigencia fiscal 2025. El decreto entra en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Registro Distrital. El decreto fue aprobado por el Subsecretario Técnico de la Secretaría de Hacienda, la Directora Jurídica de la Secretaría Distrital de Hacienda, y la Directora Distrital de Presupuesto, fue revisado por el Subdirector de Finanzas Distritales, la Asesora de la Dirección Jurídica, y un Profesional de la Subdirección de Finanzas. y fue proyectado por la Secretaría Distrital de Hacienda...