“Por medio del cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 para el
mantenimiento del orden público en la ciudad de Bogotá D.C., la reactivación económica segura y se dictan otras disposiciones.”
... Artículo 1. ELIMINACIÓN DEL USO DEL TAPABOCAS: Eliminar el uso obligatorio de tapabocas en la ciudad de Bogotá D.C. el cual solo se podrá exigir en los siguientes casos: a.) Servicios de salud, b.) Hogares geriátricos y c.) Transporte de personas en todas sus modalidades. Parágrafo. La eliminación del uso obligatorio del tapabocas de que trata este artículo, empezará a regir en las instituciones educativas a partir del 15 de mayo de 2022. Artículo 2. MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD. Los habitantes de la ciudad de Bogotá D.C. y los titulares de actividades económicas deben cumplir las siguientes medidas de bioseguridad: A) Ventilación Obligatoria. Todos los establecimientos públicos y privados, así como lugares de vivienda y vehículos de transporte, deberán mantenerse con ventilación constante preferiblemente que sea cruzada, con un punto de entrada y otro de salida (puertas y/o ventanas abiertas) ...