Esta Resolución emitida por el Director Distrital de Impuestos de Bogotá, establece las personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho que deben suministrar información a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá (DIB).
La resolución especifica el contenido y las características de la información que se debe proporcionar en relación con los sujetos pasivos de los impuestos predial unificado y sobre vehículos. Se detallan las entidades que deben suministrar la información, incluyendo la Secretaría Distrital de Planeación, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, la Secretaría Distrital de Ambiente, la Secretaría Distrital de Salud, la Defensa Civil Colombiana, la Gerencia de la Rama Judicial, la Fiscalía General de la Nación, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Sociedad de Activos Especiales SAS, la Superintendencia Financiera de Colombia, las entidades financieras, las entidades cooperativas, las Fuerzas Militares, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, el Instituto de Desarrollo Urbano, la Caja de la Vivienda Popular, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la Aeronáutica Civil, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, el Ministerio de Defensa, la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano, la Contaduría General de la Nación, la Policía Nacional, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Instituto de la Participación y Acción Comunal, la Cruz Roja Colombiana, y el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público. La resolución también establece las sanciones para el incumplimiento o cumplimiento extemporáneo o defectuoso en el suministro de la información solicitada...