Esta resolución establece las características de la información que deben suministrar la Sociedad OPAIN S.A. y las personas naturales, jurídicas,
consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá – DIB, en relación con los contratos de arrendamiento, uso, usufructo u otra forma de explotación comercial que se hagan mediante establecimiento mercantil, dentro de las áreas objeto del contrato de concesión correspondiente a puertos aéreos. La resolución exige que la información se suministre de manera oportuna, integral, correcta y con las características técnicas exigidas. La información debe ser presentada a través de la página WEB de la Secretaría Distrital de Hacienda (www.haciendabogota.gov.co), a más tardar el 17 de enero de 2025. El incumplimiento o cumplimiento extemporáneo o defectuoso en el suministro de la información acarrea para el obligado tributario la sanción prevista en el artículo 24 del Acuerdo 27 de 2001...