“Por medio del cual se imparten instrucciones para el desarrollo de los días sin IVA, 28 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre de 2021 en la ciudad de Bogotá, D.C.”
... DECRETA: Artículo 1. DÍAS SIN IVA. Para la ejecución de los día sin IVA de que trata el artículo 38 de la Ley 2155 de 2021 y el Decreto Nacional 1314 de 2021, los responsables del impuesto sobre las ventas – IVA que comercialicen los bienes muebles de que tratan las normas en mención, deberán implementar medidas que contribuyan a evitar desplazamientos y posibles aglomeraciones, entre las que se encuentra las siguientes: 1. Promover la adquisición de los bienes muebles establecidos en el artículo 38 de la Ley 2155 de 2021 por medios electrónicos o virtuales.
Decreto 412, Texto completo ...