Asunto: Respuesta a solicitud de concepto relacionado con vigilancia y control de las exclusiones de los reglamentos Técnicos (Radicado SIC 23-268425- -1 del 09-06-2023)
En relación con su solicitud, la cual se referencia a continuación: “(…) Por lo anteriormente expuesto, y acudiendo nuevamente a las facultades de interpretación del Regulador establecidas en el ARTÍCULO 39o. INTERPRETACIÓN, REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DELREGLAMENTO de la misma Resolución 90708 de 2013 y sus modificaciones, amablemente se solicita de la intervención del Ministerio de Minas y Energía para que, teniendo en cuenta los apartados expuestos en esta comunicación, se indique la posición que se debe adoptar ante el asunto concerniente a EXCLUSIONES de este reglamento técnico. (…)” ...