por la cual se modifica la Resolución 0899 del 31 de agosto de 2021 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 210 de 2003, y ...
... RESULVE Artículo 1°. Adicionar en el numeral 4.1 “Definiciones” del artículo 4° de la Resolución 899 del 31 de agosto de 2021 la siguiente definición: “Capacidad nominal (litros/minuto): Es el caudal de agua continuo y estable que circula a través del calentador de paso continuo, -declarado por el fabricante. La capacidad nominal se obtiene con el calentador funcionando a su consumo calorífico nominal, condición en la cual se alcanza un incremento de temperatura del agua en ºC (temperatura de salida, menos temperatura de entrada). El incremento de temperatura obtenido debe ser mínimo 20ºC para cualquier altura sobre el nivel del mar (a.s.n.m). donde se verifique. Dicho incremento de temperatura depende de la a.s.n.m. del lugar donde se instala el artefacto; por lo tanto, es normal observar una disminución en el incremento de temperatura del agua a medida que se aumenta la a.s.n.m en la instalación del calentador.”. Artículo 2°. Modificar la “Tabla 3. Requisitos calentadores de agua de paso continuo” del numeral 5.2.2. del artículo 5° la Resolución 0899 del 31 de agosto de 2021, la cual quedará así: ...
Resolución 0864, texto completo ...