La Ley No. 2444 de Colombia, aprobada el 10 de febrero de 2025, habilita el uso del llamamiento en garantía en los procesos de responsabilidad en las relaciones de consumo.
La ley busca fortalecer la protección al consumidor y unificar criterios para la aplicación de esta herramienta procesal. El llamamiento en garantía se aplicará en el sector turismo, permitiendo que los consumidores puedan reclamar indemnizaciones o reembolsos por perjuicios sufridos durante su experiencia de viaje. La ley establece los requisitos para el llamamiento en garantía, incluyendo la notificación al convocado y el plazo para contestar. La ley entra en vigencia a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
¿Hay alguna excepción a la aplicación de esta ley en el sector turístico? No, la ley no menciona ninguna excepción a su aplicación en el sector turístico. De hecho, la ley específicamente establece que el llamamiento en garantía se aplicará en el sector turismo, permitiendo que los consumidores puedan reclamar indemnizaciones o reembolsos por perjuicios sufridos durante su experiencia de viaje...