"Por el cual se reglamenta el artículo 18 de la Ley 2069 de 2020 y se adicionan los artículos 2.2.2.47.9 y 2.2.2.47.10 al Decreto 1074 de 2015, en lo relacionado con el uso de la firma electrónica y digital como una herramienta para facilitar la innovación y la transformación digital"
DECRETA Artículo 1. Adiciónense los artículos 2.2.2.47.9 y 2.2.2.47.10 al Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en los siguientes términos: "Artículo 2.2.2.47.9. Uso de firmas electrónicas y digitales como herramienta para la transformación digital. En el proceso de transformación digital los servidores públicos, los particulares que cumplen funciones públicas o administrativas, respecto de estas, y, utilizarán firmas electrónicas o digitales en el ejercicio de la actividad pública para lo cual se seguirán las siguientes disposiciones: