"Por el cual se modifica y adiciona el Título 4 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en relación con el Registro Nacional de Turismo y las obligaciones de los operadores de plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos prestados y/o disfrutados en Colombia"
... DECRETA Artículo 1. Sustitución de las Secciones 1, 2 Y 3 del Capítulo 1 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015. Sustitúyanse las Secciones 1,2 Y 3 del Capítulo 1 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, las cuales quedarán así: "SECCiÓN 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 2.2.4.1.1.1. Objeto del Registro Nacional de Turismo. El Registro Nacional de Turismo tiene como objeto: 1. Habilitar las actividades de los prestadores de servicios turísticos. 2. Dar publicidad a los actos de inscripción, actualización, renovación, cancelación, suspensión o reactivación de la inscripción. 3. Establecer un sistema de información sobre el sector turístico. Parágrafo. La inscripción en el Registro Nacional de Turismo es requisito previo y obligatorio para que los prestadores de servicios turísticos inicien sus operaciones. ...