Legislación Tributaria Nacional

Concepto 100208192-330 Mar -2023 Obligación de Facturar y Sistema de Factura Electrónica.

De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020, se avoca conocimiento para realizar la siguiente adición al Concepto Unificado sobre Obligación de Facturar y Sistema de Factura Electrónica. Se requiere adicionar al Título I “Generalidades”, Capítulo 1 “Obligación formal de facturar”, Descriptor 1.1.6. “La obligación de facturar ventas usuales (retail)”, el sub-numeral 1.1.6.4, así:

1.1.6.4. ¿Cómo se debe interpretar la regla según la cual “Se debe registrar la dirección del lugar de entrega del bien y/o prestación del servicio, cuando la citada operación de venta se realiza fuera de la sede de negocio, oficina o local del facturador electrónico”? ¿esto implica la necesidad de crear una numeración o prefijo diferente al utilizado para la sede de negocio, oficina o local del facturador electrónico? El numeral 3 del artículo 11 de la Resolución DIAN No. 000042 de 2020 exige la identificación del adquirente como uno de los requisitos de la factura electrónica de venta, así: “ARTÍCULO 11. REQUISITOS DE LA FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA. La factura electrónica de venta debe expedirse con el cumplimiento de lo dispuesto del artículo 617 del Estatuto Tributario, adicionados en el presente artículo de acuerdo a lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 616-1 del mismo estatuto, así: (…) 3. Identificación del adquiriente, según corresponda, así: a) De conformidad con el literal c) del artículo 617 del Estatuto Tributario, deberá contener: apellidos y nombre o razón social y Número de Identificación Tributaria (NIT) del adquiriente de los bienes y servicios ...

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