Este concepto emitido por la DIAN, explica las condiciones para que una persona no residente o entidad no domiciliada en Colombia esté sujeta al impuesto sobre la renta por presencia económica significativa (PES).
El documento define lo que se entiende por "visualizar precios en pesos colombianos" y explica el significado de la expresión "de manera agregada" en el artículo 20-3 del Estatuto Tributario. Se establece que la sujeción pasiva por PES se encuentra condicionada a dos requisitos: cantidad de clientes y/o usuarios ubicados en el territorio colombiano y cantidad de ingresos. Además, se explica cómo se aplica el concepto de "agregada" a las entidades vinculadas, lo que significa que se evaluará la sujeción pasiva por PES de forma conjunta para las entidades vinculadas que vendan bienes o presten servicios a usuarios y/o clientes ubicados en Colombia...