Este documento de la DIAN de Colombia, aclara las reglas sobre la facturación electrónica. Específicamente, actualiza la información sobre cuándo deben generarse y enviarse los documentos soporte de compras a proveedores que no están obligados a facturar electrónicamente.
En resumen: Cambios en las fechas: Anteriormente, la fecha de la operación y la fecha de generación del documento soporte debían coincidir. Ahora, se permite generar el documento después de la operación, pero con algunas restricciones.
Periodicidad: Aunque ya no es obligatorio que la fecha de generación coincida con la de la operación, la generación del documento debe seguir las reglas de periodicidad establecidas en la Resolución 000167 de 2021. Esto significa que se puede generar: Un documento por cada compra. Un documento semanalmente, si las compras son a un mismo proveedor.
Importancia del documento soporte: El documento soporte sigue siendo crucial como prueba de costos, deducciones e impuestos, por lo que su generación oportuna es importante, aunque la fecha de generación ya no necesita ser la misma que la de la operación.
En pocas palabras, la DIAN está flexibilizando la fecha de generación del documento soporte, pero manteniendo la necesidad de generarlos de manera oportuna y según las reglas ya establecidas, para cumplir con los requisitos legales y tributarios...