Por la cual se da continuidad a medidas administrativas de protección a la vida y a la salud de los funcionarios y de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN-,
en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada en todo el territorio nacional por casusa del Coronavirus- COVID-19 ... ARTÍCULO 1o. Dar continuidad al TRABAJO EN CASA para los funcionarios de la Entidad hasta el próximo 28 de febrero de 2021. Se exceptúan del trabajo en casa quienes de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020 y en el Decreto 039 del 14 de enero de 2021 deban realizar sus labores en las instalaciones de la Entidad o en los lugares donde la DIAN preste sus servicios; a fin de garantizar el funcionamiento del Estado y la prestación del servicio público a cargo de la DIAN cuyo objetivo es coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado colombiano y la protección del orden público económico nacional.