Por la cual se establecen las condiciones para transferir la información relacionada con el Impuesto de Industria y Comercio Consolidado a los municipios y distritos en el marco del
Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación, sus características técnicas y se dictan otras disposiciones.
ARTÍCULO 1. Información que la DIAN pone a disposición de los municipios y distritos relacionada con el impuesto de industria y comercio consolidado. La información a la que se refiere la presente resolución corresponde a la enunciada en los numerales 1 y 4 del artículo 2.1.1.19. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, la cual podrá ser descargada o visualizada por los municipios y distritos, ya sea respecto de todos los contribuyentes que liquiden el impuesto de industria y comercio consolidado en sus jurisdicciones, o individualmente por cada una de las personas objeto de fiscalización y/o control a nivel nacional, siempre y cuando se hayan acogido al impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación.