Por la cual se prescribe el Formulario No. 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones - Año Gravable 2021”
... CONSIDERANDO Que se requiere prescribir para el año gravable 2021 el Formulario No. 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones - Año Gravable 2021”. Que el artículo 378 del Estatuto Tributario establece que: “Artículo 378. Por concepto de salarios. Los agentes de retención en la fuente deberán expedir anualmente a los asalariados, un Certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente al año gravable inmediatamente anterior, según el formato que prescriba la Dirección General de Impuestos Nacionales.”