POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL COLOMBIANO LEY 599 DE 2000, ADICIONANDO UNAS CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACiÓN PUNITIVA CONSAGRADO EN EL ARTíCULO 188-B, SE MODIFICA SU PARÁGRAFO Y SE ADICIONAN DOS PARÁGRAFOS AL CITADO ARTíCULO.
... Artículo 10 • Modifíquese el artículo 188-B del Código Penal C.:::oIombiano, Ley 599 de 2000, el cual quedará así: Artículo 188-8. Circunstancias de agravación punitiva. Las p.3nas para los delitos descritos en el artículo 188 y 188-A, se aumentará de una tercera parte a la mitad, cuando: 1. Cuando se realice en persona que padezca, inmadurez psicológica, trastorno mental, enajenación mental y trastorno psíquico, temporal o permanentemente. 2. Como consecuencia, la víctima resulte afectada en daño fís,co permanente y/o lesión psíquica. inmadurez mental, trastorno mental en forma temporal o permanente o daño en la salud de forma permanente. ...