"Por el cual se modifica el artículo 5 del Decreto 4165 de 2011 Y se dictan otras disposiciones"
Artículo 1°. Modificación. Modifíquese el numeral 8 del artículo 5° del Decreto 4165 de 2011, el cual quedará así: 8. El valor de los peajes, y contraprestaciones por el uso, gestión o explotación de la infraestructura de transporte, las tasas, derechos y multas que imponga y recaude, además de los ingresos que se generen por el desarrollo de los contratos que la Agencia ejecute en los porcentajes que defina la Ley, los decretos reglamentarios y las normas que los modifiquen o adicionen...