Por medio del cual se adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal y se dictan otras disposiciones en materia migratoria"
... Parágrafo 1. El Permiso por Protección Temporal (PPT) contemplado en el presente Estatuto, permitirá al migrante venezolano acreditar su permanencia en Colombia para los efectos de la acumulación del tiempo requerido para aplicar a una Visa Tipo R, en los términos y bajo las condiciones establecidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante acto administrativo. Parágrafo 2. Los titulares de Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente a la fecha de entrada en vigencia del presente Estatuto, podrán acreditar con este documento su permanencia en Colombia para los efectos de la acumulación del tiempo requerido para aplicar a una Visa Tipo R, en los términos y bajo las condiciones establecidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante acto administrativo.