Modifica parcialmente la Ley 1505 de 2012 para mejorar los incentivos a los voluntarios, especialmente a aquellos que participan en el "Subsistema Nacional de Voluntarios de Primera Respuesta".
Puntos Clave de la Ley: Incentivos en Educación: Las instituciones educativas (colegios, universidades, etc.) pueden dar prioridad a los voluntarios activos de la Defensa Civil, Cuerpos de Bomberos y Cruz Roja al otorgar becas, descuentos en matrículas y créditos educativos. Estos beneficios también pueden extenderse a familiares de los voluntarios.
Servicios Públicos e Impuestos: Los alcaldes, con aprobación de los concejos municipales, pueden ofrecer tarifas especiales en el transporte público y/o exonerar del pago de servicios públicos e impuestos a los voluntarios activos y a las sedes de las entidades de voluntariado.
Requisitos para los Incentivos: Para recibir estos beneficios, los voluntarios deben demostrar una permanencia activa y continua en sus organizaciones por un mínimo de dos años.
Compensación Monetaria: El Gobierno creará un programa para compensar económicamente a los voluntarios.
Convenios: Se promoverán acuerdos entre el Gobierno y las organizaciones de voluntarios para ampliar su campo de acción y asegurar la participación continua de voluntarios. También se buscará coordinar a estas organizaciones con las autoridades locales.
Apoyo a Organizaciones Comunitarias: Se podrán establecer convenios con organizaciones comunitarias sin ánimo de lucro que trabajen en la atención y gestión de riesgos y desastres. En resumen: Esta ley busca dar más apoyo y reconocimiento a los voluntarios que ayudan en situaciones de emergencia, ofreciéndoles beneficios en educación, servicios públicos y otros incentivos...