Instructivo para solicitar la extinción del pago de las contribuciones especiales de que trata el artículo 10 de la Ley1233 de 2008
"(...) Las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado cuya facturación causada en el año inmediatamente anterior -1° de enero a 31 de diciembre- sea igual o menor a cuatrocientos treinta y cinco (435) salarios mínimos legales mensuales vigentes, quedarán exentas de las contribuciones especiales al Servicio Nacional de Aprendizaje -Sena-; al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF; y a las Cajas de Compensación Familiar.