Legislación Laboral

laboral - Decreto 1858 Dic 2021 E39

Por medio del cual se modifican los artículos 2.2.3.1.18. y 2.2.3.1.19. del Decreto 1833 de 2016 compilatorio de las normas del Sistema General de Pensiones

... DECRETA: Artículo 1. Modificación del artículo 2.2.3.1.18. del Decreto 1833 de 2016, compilatorio de las normas del Sistema General de Pensiones. Modifíquese el artículo 2.2.3.1.18. del Decreto 1833 de 2016 compilatorio de las normas del Sistema General de Pensiones, el cual quedará así: "Artículo 2.2.3.1.18. Verificación. Dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la consignación de las cotizaciones, las administradoras deberán verificar si se incluye la información relacionada con la cuenta de control retenciones contingentes por retiro de saldos y la conformidad de los datos incluidos en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), en especial, si los valores aportados se ajustan a las exigencias de ley. Así mismo, deberán comparar si los va/ores a que hace referencia /a PILA coinciden con los efectivamente consignados o registrados. ...

Decreto 1858, texto completo ...

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