Por el cual se adiciona el Capítulo 6 al Título 2 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 en relación con los procesos de reorganización institucional de las entidades promotoras de salud - EPS.
... Artículo 2.5.2.6.3 Proceso de reorganización institucional. Las entidades promotoras de salud, incluidas las cajas de compensación familiar con programas en salud, podrán presentar planes de reorganización institucional encaminados a cumplir o mantener las condiciones establecidas en los Capítulos 2 y 3 del Título 2 de la Parte 5 del Libro 2 del presente Decreto, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos, También podrán presentar planes de reorganización institucional que contemplen la creación de nuevas entidades, fusiones, escisiones o transformaciones, sin limitarse a estas. Para el efecto las entidades promotoras de salud participantes podrán ceder sus afiliados, activos, pasivos, habilitación o autorización para operar y los contratos de conformidad con lo pactado en e/los asociados a la prestación de servicios de salud del plan de beneficios, a la entidad promotora de salud resultante del proceso de reorganización institucional.