La Ley No. 2438, aprobada el 18 de diciembre de 2024 por el Congreso de Colombia, regula el ejercicio de la especialidad médica de neurocirugía en el territorio nacional.
Su objetivo principal es garantizar la idoneidad de los médicos que ejercen la neurocirugía, estableciendo funciones, modalidades de ejercicio, derechos, y creando un organismo asesor, consultivo y de control. La neurocirugía es una especialidad médica que se basa en las ciencias biológicas, sociales y humanísticas. Se enfoca en el estudio de las enfermedades del sistema nervioso central, periférico y vegetativo, incluyendo sus aspectos anatomofisiológicos, patológicos, farmacológicos, biomecánicos y técnicas quirúrgicas para el diagnóstico y tratamiento. La neurocirugía abarca enfermedades que afectan al sistema nervioso directa o indirectamente, incluyendo las que deterioran, lesionan, modifican o alteran su funcionamiento. El médico especializado en neurocirugía es el único autorizado para la práctica y manejo de esta especialidad.
La neurocirugía es una especialidad de alto riesgo debido a la complejidad de sus estrategias terapéuticas, que pueden incluir ensayos clínicos, medicamentos, procedimientos y técnicas quirúrgicas de alta complejidad, exposición a la radiación e intervención en estructuras vitales. El médico especializado en neurocirugía es el único competente y autorizado para ejercer esta especialidad, debido a su alto nivel de complejidad y el compromiso ético que implica.
Para ejercer la neurocirugía, los médicos deben certificar sus competencias y experticia, y cumplir con la normatividad legal vigente.
Para llevar el título de médico especialista en neurocirugía dentro del territorio nacional, se requiere:Ser colombiano de nacimiento, nacionalizado o extranjero, y haber obtenido el título universitario en una institución de educación superior con programa de medicina que cuente con registro calificado según la ley colombiana. Haber obtenido el título de especialista en neurocirugía otorgado por una institución de educación superior reconocida según la ley colombiana.
Si el título fue obtenido en otro país, se requiere la convalidación correspondiente otorgada por el Ministerio de Educación de Colombia.
Los títulos expedidos por instituciones de educación superior colombianas o los refrendados y convalidados de instituciones de educación superior de otros países deben registrarse ante las autoridades colombianas competentes, incluyendo el Ministerio de Educación Nacional y el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (RETHUS).
Este registro es público para que los usuarios puedan consultar la formación profesional del médico que les realizará el procedimiento médico o quirúrgico. El Ministerio de Salud y Protección Social garantiza la actualización de este registro.
Las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) de alta complejidad con servicio de urgencias habilitado deben contar con especialistas en neurocirugía. Las IPS de mediana complejidad con servicio de urgencias habilitado, en lo posible, también deben contar con especialistas en neurocirugía para la prevención y manejo de las potenciales secuelas asociadas a los procedimientos, tratamientos y tratamientos para el manejo del trauma. El número de especialistas en neurocirugía requeridos por el país se determina en base a estándares mundiales de calidad, la necesidad de prestación del servicio, la situación epidemiológica a nivel territorial, y la necesidad de cada región. El Ministerio de Salud y Protección Social determina el número de especialistas requerido y recomienda la ampliación de los cupos para la formación de nuevos profesionales, así como el número de residencias médicas avaladas...