"Por el cual se adoptan medidas para ampliar el acceso al servicio de energía eléctrica y preservar los medios de subsistencia de la población a través del rescate de la transición energética, con la finalidad de superar la crisis humanitaria y el estado de cosas inconstitucionales o evitar la extensión de sus efectos, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en el departamento de La Guajira"
DECRETA: TíTULO lo MEDIDAS DE AMPLIACiÓN DE lA COBERTURA Y ACCESO Al SERVICIO PÚBLICO DE ENERGíA ELÉCTRICA EN El DEPARTAMENTO DE lA GUAJIRA Artículo 1. Transferencias a distritos y municipios ubicados en zonas distintas al Área de Influencia y destinadas a Proyectos Energéticos. Adiciónese al artículo 54 de la Ley 143 de 1994, modificado por el artículo 233 de la Ley 2294 de 2023, los siguientes parágrafos transitorios: "PARÁGRAFO PRIMERO TRANSITORIO. El porcentaje de transferencias a que se refiere el presente artículo en los literales a) y by, destinado a municipios y distritos, podrá extenderse a otros municipios y distritos en el departamento de la Guajira, aun cuando se ubiquen fuera del área de influencia del respectivo proyecto, según la reglamentación que al respecto expida el Ministerio de Minas y Energía ...