"Por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto."
... Artículo 2. Ámbito de Aplicación. Están sometidas al cumplimiento del presente reglamento, las siguientes personas naturales y jurídicas que
autorizadas por la ley desarrollen labores mineras a cielo abierto, en el Territorio Nacional: (i) Titular Minero, su operador o subcontratista; (ii) Solicitantes de programas de legalización o de formalización minera siempre y cuando cuenten con autorización legal para su resolución; (iii) Beneficiarios de áreas de reserva especial; (iv) Beneficiarios de autorizaciones temporales; (v) Beneficiarios de mecanismos para el trabajo bajo el amparo de un título en la pequeña minería. Artículo 3. Definiciones. Para efecto del presente reglamento, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: ...