POR MEDIO DE LA CUAL SE EXPIDEN NORMAS PARA QUE 'EL SECTOR MINERO COLOMBIANO ACCEDA A LOS SERVICIOS DEL SISTEMA FINANCIERO Y ASEGURADOR NACIONAL, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
... DECRETA: Artículo 1. Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer condiciones para garantizar el acceso de los actores de la cadena minera descritos en el artículo 2 de esta norma a productos y servicios financieros ofrecidos por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia y/o por la Superintendencia de Economía Solidaria. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente ley se aplicarán a titulares mineros; explotadores mineros autorizados; comercializadores de minerales; plantas de beneficio; prestadores de servicios especiales, a saber: aquellos . que realizan las labores de exploración, construcción y montaje, explotación y cierre y abandono; así como mineros en proceso de formalización y legalización, cuenta participes y demas actores que intervienen en la cadena de suministros; quienes de conformidad con la ley, accederán a los productos y servicios financieros ofrecidos por todas las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colo;'llbia y/o por la Superintendencia de Economía Solidaria.