"Por el cual se adiciona el Decreto 1073 de 2015 Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, con el fin de reglamentar los artículos 21 y 21-1 de la Ley 1715 de 2014 en lo relacionado con el desarrollo de actividades orientadas a la generación de energía eléctrica a través de geotermia"
... ASPECTOS GENERALES Y DEFINICIONES SOBRE LA EXPLORACiÓN Y EXPLOTACiÓN DE LA GEOTERMIA PARA GENERAR ENERGíA ELÉCTRICA Artículo 2.2.3.8.9.1.1. Objeto. La presente Sección tiene por objeto adoptar los lineamientos a fin de incentivar la exploración y explotación del Recurso Geotérmico para la generación de energía eléctrica, así como para fomentar el conocimiento del subsuelo. Artículo 2.2.3.8.9.1.2. Definiciones. Para efectos de lo dispuesto en el presente Decreto, se adoptarán las siguientes definiciones: 1. Área de Exploración: Es el área del subsuelo proyectada a superficie con Potencial Geotérmico en la que se pretenden realizar actividades exploratorias,
con el fin de determinar la presencia o no del Recurso Geotérmico para la generación de energía eléctrica. Esta área será solicitada por el Desarrollador, sobre la cual, el Ministerio de Minas y Energía, o la entidad que éste designe, procederá a delimitarla y a autorizar su registro siempre que cumpla con lo establecido en la presente Sección, los Requisitos Técnicos y demás lineamientos aplicables ...