Descriptor Agente de Carga Internacional Fuentes formales Decreto 1165 de 2019 Decreto 360 de 2021
... a) ¿Qué otras actividades podrá realizar un agente de carga internacional distintas a las previstas en el artículo 115 del Decreto de 1165 de 2019? Al respecto vale la pena precisar lo siguiente:
El artículo 115 del Decreto 1165 de 2019, establece en materia aduanera la figura del Agente de Carga Internacional, así: “Artículo 115. AGENTE DE CARGA INTERNACIONAL. Es la persona jurídica autorizada para actuar en el modo de transporte marítimo y/o aéreo, cuyo objeto social incluye, entre otras, las siguientes actividades: Coordinar y organizar embarques, consolidar carga de exportación,
desconsolidar carga de importación y emitir o recibir del exterior los documentos de transporte propios de su actividad, cuando corresponda.